
Legislación
Informática en
México
México
Que es el derecho informatico?

¿De verdad existe la diciplina como tal en el derecho, dentro de la
informatica?
Avances de las TIC
TIC en la vida social, aspectos: científicos, comerciales, laborales,
profesionales, escolares. La tecnología avanza –derecho
se rezaga
Secretaría de Gobernación.
Secretaría de Relaciones Exteriores.
Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo.
Secretaría de Educación Pública
Leyes relacionadas con la
informática

2.-Ley de la Propiedad Industrial: Proteger la propiedad industrial mediante la regulación y otorgamiento de patentes de invención; registros de modelos de utilidad, diseños industriales, marcas y avisos comerciales; publicación de nombres comerciales; declaración de protección de denominaciones de origen, y regulación de secretos industriales.
3.-Ley Federal de
Telecomunicaciones: esta tiene por objeto regular el uso, aprovechamiento y
explotación del espectro radioeléctrico, de las redes de telecomunicaciones, y
de la comunicación vía
4.-Ley de Información Estadística
y Geográfica: Norma el funcionamiento de los Servicios Nacionales de
Estadística y de Información Geográfica y regular el desarrollo y la
utilización permanente de la informática en los servicios nacionales referentes
a los servicios citados.
Porque legislar en la informatica?

La seguridad informática surge como una necesidad en la protección de los activos informáticos, para dar seguridad a las personas, información, los equipos de cómputo y al software, de manera general, existen mecanismos de seguridad físicos y lógicos.
Delitos informaticos
Fraude mediante el uso de la computadora y la
manipulación de la información.
Artículo 231 del Código Penal para el D.F.
“Se impondrán las penas previstas en el artículo anterior, a quien: ... XIV.
Para obtener algún beneficio para sí o para un tercero, por cualquier medio
accese, entre o se introduzca a los sistemas o
programas de informática del sistema financiero e indebidamente realice
operaciones, transferencias o movimientos de dinero o valores, independientemente de que los recursos no salgan de la
Institución...” Código Penal Federal,
artículos 211 bis 1 a 211 bis 7 .
Acceso no autorizado a sistemas o servicios y destrucción deprogramas o datos.
Modificar, destruir o provocar
pérdida de información contenida en sistemas
o equipos informáticos protegidos sin
autorización (6 meses a dos años prisión y de
100 a 300 días multa 1 a 4 años y 200 a 600 díasmulta)
Conocer o copiar información
contenida en sistemas o equipos informáticos protegidos sin autorización, 3
meses a 1 año prisión y 50 a 150 días
multa
Conocer o copiar información contenida en sistemas o equipos informáticos cuando se tenga autorización para el acceso: Si se trata de sistemas o equipos del Estado, 1 a 4 años prisión y 150 a 450 días multa.Si se trata de sistemas o equipos de las instituciones que integran el sistema financiero, 3 meses a 2 años prisión y 50 a 300 días multa.
Conocer o copiar información contenida en sistemas o equipos informáticos cuando se tenga autorización para el acceso: Si se trata de sistemas o equipos del Estado, 1 a 4 años prisión y 150 a 450 días multa.Si se trata de sistemas o equipos de las instituciones que integran el sistema financiero, 3 meses a 2 años prisión y 50 a 300 días multa.
Reproducción no autorizada de programas informáticos
Regulada en la Ley Federal del Derecho de Autor, artículo 11 que establece el reconocimiento
del Estado al creador de obras
literarias o artísticas, entre las que están
los programas de cómputo. La reproducción queda
protegida a favor del autor y se prohibe
la fabricación o uso de sistemas o
productos destinados a eliminar la protección de los
programas.
El Código Penal Federal tipifica y
sanciona esta conducta con 2 a 10 años de prisión y de 2000 a 20000 días de multa.
Uso no autorizado de programas y de datos.
La Ley Federal del Derecho de Autor, en sus artículos
107 al 110, protege como compilaciones a las bases de datos legibles por medio
de máquinas que por razones de disposición de su contenido constituyan obras
intelectuales, otorgándole a su organizador el uso exclusivo por cinco años;
asimismo, exceptuando las
investigaciones de autoridades, la información
privada de las personas contenida en bases de datos no podrá ser divulgada, transmitida ni reproducida salvo con el consentimiento de la persona de que se trate.
Ø Intervención de correo electrónico.

.
Ø Obtención de información que pasa por el medio (sniffer)
Este tipo de conductas, que se
refiere a interceptar datos que las personas envían a través de la red se tipifican en el artículo 167 fr. VI del Código Penal Federal a que hice referencia en el inciso anterior.
APD ORIENTACIONES PARA TENER UNA MEJOR SEGURIDAD
Información en la recogida de datos
• Cuando suministre datos personales a cualquier
organización, seleccionar sea consciente de a quién se los facilita y con qué finalidad.
• Procure averiguar la política de sus proveedores y
administradores de listas y directorios en lo que se refiere a venta,
intercambio o alquiler de los datos que
les suministra.
Desconfíe si los datos que le solicitan son excesivos
para la finalidad con la que se recogen
Cuando navegue por Internet, sea consciente de que los
servidores Web que visita pueden
registrar tanto las páginas a las que accede como la frecuencia y los temas o
materias por las que busca, aunque no le informen de ello.
Al utilizar programas de ordenador en un número de copias
superior al autorizado por el fabricante en sus contratos o licencias de uso.
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